Catastro
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P.I.C. Punto de Información Catastral

 

Los Puntos de Información Catastral son oficinas autorizadas por la Dirección General del Catastro en distintas Organizaciones Públicas e Instituciones, fundamentalmente en Ayuntamientos, donde los ciudadanos pueden acceder a la información catastral.

Servicios que prestan los Puntos de Información Catastral:

A cualquier ciudadano:

  • Consulta y certificación de datos catastrales no protegidos.

A los titulares catastrales o a sus representantes debidamente autorizados:

  • Certificación de la circunstancia de no figurar como titular catastral.
  • Consulta y certificación de datos catastrales protegidos (nombre, apellidos, razón social, NIF, domicilio y valor catastral) y no protegidos relativos a los inmuebles de su titularidad.

Requisitos
En el caso de consulta o certificación de datos catastrales no protegidos, el acceso al servicio es libre.
En el caso de consulta o certificación de datos catastrales protegidos, el solicitante deberá ser el titular catastral del inmueble o persona debidamente autorizada por éste.
En el caso de que el titular esté fallecido, sus herederos deberán dirigirse directamente a la Gerencia del Catastro para obtener el certificado.

Formas de tramitación:
Presencial.
Lugar de presentación:
Oficina municipal del Catastro
c/ Recaredo Collar s/n 1º planta
Tfno.: 91 854 00 51 y 91 849 47 01

Documentación:
En caso de consulta y certificación de datos catastrales no protegidos, no se requiere documentación alguna.
En caso de consulta y certificación de datos catastrales protegidos

  • Si el solicitante es titular catastral, impreso de solicitud (disponible en los PIC) y NIF.
  • Si el solicitante no es titular catastral, impreso de solicitud (disponible en los PIC) y autorización del titular catastral (puede utilizar el modelo de autorización disponible al final de esta página) con fotocopia del NIF.

MODELO DE AUTORIZACIÓN PUNTO DE INFORMACIÓN CATASTRAL

Proceso
El trámite se realiza de modo presencial, en la Oficina municipal del Catastro.
Horario: Lunes a viernes de 9:00 a 13:00
La emisión de la tasa por certificaciones catastrales emitidas por el Punto de Información Catastral (PIC) se abonará directamente en la Tesorería municipal situada en Pza. Doctor Martínez Manrique 1.

Pago

Certificaciones Catastrales emitidas por el Punto de Información Catastral (PIC)

Certificación descriptiva y gráfica

10,34€

Certificación de bienes

10,34€

Se establece una bonificación del 100% de esta tasa para las certificaciones referidas a bienes ubicados en este Municipio cuyos solicitantes figuren empadronados en este Municipio y para todas aquellas que sean necesarias para realizar gestiones en este Ayuntamiento.

Descripción del trámite
El ciudadano puede dirigirse a este Ayuntamiento a fin de obtener certificaciones de los datos catastrales protegidos de los bienes inmuebles de los que sea titular en el territorio nacional (excepto País Vasco y Navarra).
Los interesados podrán solicitar también certificación de la circunstancia de no figurar como titular catastral de bienes inmuebles en la Base de Datos Nacional del Catastro.
Esta información también puede ser consultada a través de la web de la Dirección General del Catastro

Normativas
Resolución de 29 de marzo de 2005 de la Dirección General del Catastro por la que se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los Puntos de Información Catastral.

 

Resolución de 24 de noviembre de 2008, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba el régimen de funcionamiento de los Puntos de Información Catastral.



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